Fray Luis de León: A Biographical FragmentFitzmaurice-Kelly, James
History
Fray Luis de León: A Biographical Fragment
Fitzmaurice-Kelly, James
León, Luis de, 1527-1591
[Footnote 140: _Documentos inéditos_, vol. XI, p. 35. Luis de Leon had
applied for a special hearing: '...para suplicar á sus mercedes que
ninguno de sus papeles se dé al maestro Mancio para que los lleve á su
casa por el peligro que hay de poderlos ver frailes suyos, á los
cuales tiene tachados...']
[Footnote 141: _Documentos inéditos_, vol. XI, pp. 35-36.]
[Footnote 142: _Documentos inéditos_, vol. XI, p. 36.]
[Footnote 143: _Documentos inéditos_, vol. XI, p. 37. The instructions
of the Supreme Inquisition to the Valladolid judges were as follows:
'En lo que escrebís quel maestro fray Luis de Leon ha recusado al
maestro Mancio, que le habia nombrado por patrono, y pedido traslado
de lo que dejó escripto en su negocio; consultado con el Reverendísimo
Señor Inquisidor general, ha parecido aviseis, Señores, al dicho
maestro Mancio que no vuelva ahí hasta que otra cosa se le ordene, y
proseguiréis en la causa del dicho fray Luis de Leon sin embargo de la
dicha recusacion, y sin darle copia de lo quel dicho maestro Mancio
dejó anotado en él; y ponerse ha la dicha nota en el proceso signado y
autorizado de uno de los notarios del Secreto, para que dello conste.
Guarde nuestro Señor vuestras muy Reverendas personas.' This letter
was signed in Madrid on November 4, 1574.]
[Footnote 144: _Documentos inéditos_, vol. XI, pp. 41-42: 'Digo que yo
nombré por mi patron al maestro Mancio catredático de prima de
teulugía en Salamanca, el cual habiendo comenzado á ver mi negocio se
ha ausentado á leer su cátreda, y porque pudiendo fácilmente dar su
parecer se ha hecho vehementísimamente sospechoso que es partícipe y
compañero en la maldad que contra mí ha intentado fray Bartolomé de
Medina, fraile de su órden y casa, porque conforme á derecho no carece
de sociedad oculta el que deja de obrar á tan manifiesta malicia; y
siendo obligado á defenderme por el juramento que se le tomó y por
haber empezado el negocio, en desampararme cometió grandísimo pecado,
porque conforme á derecho tambien es falso testigo el que deja de
decir verdad cuando es obligado á la decir, como el que dice falso
testimonio. Y la causa de ir á leer su cátreda no le escusa, porque mi
defensa se habia de hacer en muy pocos dias, y estando él impedido por
Vs. Mds. ni habia de perder la cátreda ni multarle en ella, ni los
estudiantes recibian detrimento considerable, porque en las cátredas
de propriedad se asignan lecturas que no las acaban, y el sostituto
podia leer de lo del cabo de la asignatura si él queria leer del
principio como lo hacen los catredáticos de propiedad que al principio
de Sant Lucas están impedidos.']
[Footnote 145: _Documentos inéditos_, vol. XI, p. 44.]
[Footnote 146: _Documentos inéditos_, vol. XI, pp. 45-46.]
Public-domain text, read in full here on John Shaqi.
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